La Cancillería y los Cónsules.
Documentos legalizados por los Cónsules.
DE LA CANCILLERÍA.
Para los despachos al Ministerio de Estado, sirve el mismo modelo que se ha mandado adoptar a las Legaciones de S.M. Lo misino sucede respecto a las Notas, Visa de Pasaportes, Poderes y Legalizaciones, salvo el indicar en cada documento la cantidad que se debe satisfacer como derechos de Cancillería, con arreglo al arancel de derechos consulares que publicamos más adelante.
Los documentos legalizados por los Cónsules de España, hacen fe en juicio y fuera de él, en todo el Reino, según el articulo 22 del Real Decreto de Gracia y Justicia de 29 de Septiembre de 1848.
Los Cónsules expiden la fe de vida, revistas de presentes de los militares y marinos, según la Real Orden do Marina de 8 de Abril de 1854.
EL CÓNSUL PUEDE ENCARGARSE DEL CONSULADO Y PROTECCIÓN DE LOS SÚBDITOS DE UNA POTENCIA AMIGA.
Según el articulo 15 del Reglamento, para encargarse de la protección de los súbditos y del Consulado de una Nación amiga un Cónsul de España, deberá pedir a su Gobierno la correspondiente autorización, y en caso de urgencia, dar cuenta inmediatamente de haberse encargado.
Naturalmente, debe saber si el Cónsul que le confía los archivos y papeles de su Cancillería, está autorizado por su Nación a hacer esta entrega, y si el Gobierno del país donde residen no opone obstáculos a que el Cónsul de España ejerza interinamente las funciones de Cónsul del país que se las confía.
Cuando el cónsul español, encargado interinamente de Un Consulado extranjero, se vea en la precisión de expedir un documento a un súbdito de aquella Nación, lo hará poniendo la antefirma siguiente:
El Cónsul de España.
Encargado de los intereses de los súbditos de ......
(Firma)
(Sello de España)
CEREMONIAL MARÍTIMO.
Ver el Ceremonial marítimo español, y las proposiciones de Gabinetes europeos, para modificar la parte que es puramente internacional.
En el Ceremonial marítimo están las banderas, saludos y honores, especialmente los que corresponden al Cuerpo Consular.
SATISFACCIONES PÚBLICAS.
Ver la indicación sobre Satisfacciones públicas.
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